La mediación

Un método pacífico y voluntario para resolver los conflictos

QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE

La Mediación es un método pacífico y voluntario para resolver los conflictos, donde la intervención profesional realizada por un mediador, persona neutral e imparcial, tiene como objetivo crear un entorno de confianza, un marco de comunicación entre las partes en conflicto que las ayude a lograr la mejor solución para todos.

Es una alternativa al derecho a acceder a los Tribunales de Justicia, que se caracteriza por ser un proceso no vinculante, en el cual las partes controlan en todo momento su participación, en lugar de dejar la decisión final en manos de un tercero que pueda adoptarla. En tanto no haya un acuerdo escrito y firmado por las partes, nada de lo manifestado, ofertado o discutido se considera vinculante entre las partes.

Constituye una fórmula válida y aceptada en el Estado de Derecho que contribuye a concebir a los tribunales de justicia como un último remedio, en caso de que no sea posible componer la situación por la mera voluntad de las partes.

Intentar una mediación no supone la renuncia al derecho a acudir a los tribunales o al arbitraje. Si la mediación no resulta exitosa, la persona continúa pudiendo acceder a ellos, si así lo desea.

Asimismo, se desarrolla en un intervalo de “tiempo determinado” (la mayoría de las mediaciones en ámbito civil/mercantil se resuelven en entre dos y cuatro sesiones).

MEDIACIÓN vs ARBITRAJE

La intervención y el papel del mediador diferencia a esta figura del arbitraje. Este último consiste básicamente en que las partes acuerdan someterse a la decisión de un tercero (árbitro). Un mediador, en cambio, es un profesional imparcial, neutral y sin capacidad para tomar decisiones por las partes, a las que asiste con el objetivo de favorecer vías de comunicación y llegar a soluciones consensuadas.

CONTACTO

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    Del 1 de junio al 30 de septiembre,
    de L-V de 8,00 a 15,00 h.

    BENEFICIOS DE LA MEDIACIÓN

    MÁS RÁPIDO Y SOSEGADO

    Reducción en el tiempo, estrés y coste respecto al proceso judicial tradicional.

    CONFIDENCIAL Y VOLUNTARIO

    Procedimiento confidencial y
    voluntario.

    SIN RIESGO

    No implica riesgo ni renuncia a ningún derecho.

    A LA MEDIDA

    Soluciones personalizadas adaptadas
    a las necesidades de la partes en conflicto.

    EQUILIBRIO ENTRE LAS PARTES

    Las partes se encuentran en una posición de igualdad.

    DESENLACE POSITIVO

    Consecución de un desenlace
    positivo.

    ¿QUIÉN PUEDE SER MEDIADOR?

    En el siguiente enlace puede consultar los requisitos para convertirse en mediador del IMPA

    ¿EN QUÉ CONSISTE UN PROCESO DE MEDIACIÓN EN EL IMPA?

    Visite el siguiente enlace para conocer el procedimiento de mediación.

    SOLICITAR MEDIACIÓN

    Visite el siguiente enlace para solicitar una mediación al IMPA.

    NORMATIVA

    LEY 5/2012

    Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles.

    REAL DECRETO 980/2013

    Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.

    CÓDIGO DE CONDUCTA

    Código de conducta europeo para mediadores.

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