Solicitar mediación

Pasos a dar, una vez las partes deciden acudir a la mediación civil o mercantil en el IMPA

PROCEDIMIENTO DE MEDIACIÓN

Con la parte que no haya solicitado expresamente la Mediación, en su caso, invitándole a participar en el proceso.

El expediente de mediación comenzará una vez las partes hayan aceptado acudir al proceso de mediación. El IMPA nombrará a continuación un mediador que se hará cargo del mismo y fijará una fecha para la celebración de la Sesión Informativa y posterior primera Sesión de Mediación.

Dicha Sesión, obligatoria por Ley, constituye una primera toma de contacto de las personas en conflicto con el Mediador/a, que les explicará las características del proceso de manera detallada, y firma del documento de compromiso de asistir a un proceso de Mediación, si procede.

Tras la sesión la Sesión Informativa gratuita, las partes procederán al abono, que a cada una corresponda, de los Derechos del Expediente de Mediación.

Estableciendo un calendario de sesiones y horarios que interese a las personas en conflicto.

Redacción de un documento privado de los acuerdos.

Encuesta de satisfacción respecto al proceso de Mediación.

EL PROCEDIMIENTO DE MEDIACIÓN PODRÁ INICIARSE:

1º De común acuerdo entre las partes.

2º Por una de las partes, en cumplimiento de un pacto de sometimiento a mediación existente entre aquellas.

Si la mediación se inicia estando en curso un proceso judicial, las partes, de común acuerdo, podrán solicitar su suspensión según la legislación procesal.

COSTE DE LA MEDIACIÓN

El expediente de mediación se iniciará con la solicitud de, al menos, una de las partes, nombrando el IMPA un mediador que se hará cargo del mismo y fijando una fecha y hora para la celebración de la Sesión Informativa.

Una vez celebrada, las partes deberán abonar los Derechos que a cada una le corresponden, en el nº de cuenta bancaria del IMPA: ES61 2048 0114 1234 0400 3447, identificando en el concepto la parte que realiza el ingreso y el número de expediente.

Se indican a continuación los Derechos a satisfacer por cada parte al IMPA:

  • 242 € en concepto de Apertura de Expediente y asignación de mediador, más
  • 363 € por el por el conjunto de tres sesiones de mediación iniciales de dos horas cada una, incluyendo la disponibilidad de local al efecto en la sede del IMPA.

Estos precios incluyen el IVA vigente al 21%.

  • Con carácter complementario, se pueden añadir unos honorarios variables, en caso de alcanzar acuerdo en la mediación

que se cuantificarán sobre la base del 0,75% del valor del contenido económico del acuerdo alcanzado, valorado pacto a pacto. Para su cálculo, en la sesión constitutiva inicial, el mediador nombrado acordará con las partes el importe económico de la mediación, a los efectos del cálculo de honorarios variables, sirviendo en las mediaciones intrajudiciales, salvo acuerdo en contrario, la cuantía del procedimiento judicial.A la cantidad resultante de estos honorarios se le aplicarán el IVA vigente (21%).

NORMATIVA DEL IMPA

MARCO REGULADOR

ÓRGANO DE CONTROL

REGISTRO MEDIADORES

CÓDIGO DE CONDUCTA

impa-m

Leave a reply

Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.